Giovanni, he leido tu extenso mensaje sobre la solicitud que se quiere hacer sobre las pensiones. Quería hacerte una pequeña aclaración. Bien, si entras en la página del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en el tema de pensiónes podrás ver la información relativa a las pensiones, sus requisitos y características. Pero en plan resumen te puedo decir lo siguiente, si una persona después de 18 meses con la baja laboral, se considera que no puede volver a trabajar debido a su "enfermedad", puede solicitar a la seguridad social una pensión de invalidez (hay distintos grados) ¿Te suena de algo este tema? ¿Por donde van los tiros entonces? Yo me imagino que como el SII no es considerado una enfermedad, sino un síndrome, si cualquiera de nosotros, que lleve un monton de tiempo con la baja laboral quiere solicitar la pensión le diran que NO. Eso por un lado, por otro lado, no todo el mundo podría acceder a una pensión porque cada uno tenemos un grado distinto de SII , es decir, yo puedo estar medio bien, pero otro puede estar muy mal, muy mal. Y entonces a mi no me lo darian, pero a lo mejor a otro sí.
Yo tengo un ejemplo cercano de todo esto, mi tio que tiene ahora 60 años, enfermó con 20 años, y aunque entonces no se sabía, yo puedo asegurar que tenía un colon irritable como una catedral. De tal modo que llegó un punto que él no podía trabajar, y esto le provocó depresión tras depresión. ¿Como acabó el tema? Del siguiente modo, como le dieron la baja por depresión, y esto sí que se considera enfermedad, al final le dieron una pensión de invalidez absoluta. Y nunca más ha vuelto a trabajar y está cobrando una pensión.
Espero haber aclarado un poco el tema. Saludos de una nueva del foro.
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